Y ahora, ¿qué pasa?
La Convención de 1948 ha sido ratificada por 153 estados. Algunos de ellos han incorporado el crimen de genocidio a su derecho interno, como Francia en 1994. Desde 1948, dos tribunales internacionales especiales constituidos bajo la égida de las Naciones Unidas han dictado sentencias por el crimen de genocidio: el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (1994-2015) y el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (1993-2017). Desde 1998, la Corte Penal Internacional es el único tribunal internacional permanente con jurisdicción para enjuiciar a los responsables de genocidio.
No todo asesinato en masa es...
Un genocidio: la definición adoptada por la Convención de 1948 se basa en criterios específicos relativos a la naturaleza del grupo destinatario. Las matanzas cometidas sobre criterios políticos y sociales quedan así excluidas de esta definición jurídica.
Si alguien me dice: "Negar que un asesinato en masa es genocidio equivale a reducir su gravedad".
Yo respondo: no. El término "genocidio" es una noción jurídica basada en criterios precisos y que no cubre una dimensión moral. Si, en los hechos, este término, que ha adquirido un fuerte alcance simbólico, se utiliza abusivamente para marcar las mentes, las motivaciones que condujeron a su creación no fueron crear una jerarquía entre los crímenes, sino establecer la especificidad de ciertos crímenes en el ámbito del derecho.
Para ir más lejos...
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